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Seguridad en los juguetes

Maribel Mariño, diciembre 2011

Las pautas básicas para una compra responsable y segura de juguetes son las de prestar especial atención al etiquetado del juguete y a la documentación que lo acompaña. Además de llevar marcado el símbolo ‘CE’ e indicar la edad; deberá incluir las instrucciones de montaje, uso y precauciones.

Introducción

El Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, de seguridad de los juguetes, establece las normas de seguridad a los productos diseñados o previstos, exclusivamente o no, para ser utilizados con fines de juego por niños menores de catorce años.

Este Real Decreto impone a los fabricantes, cuando introduzcan sus juguetes en el mercado, asegurarse de que se han diseñado y fabricado de conformidad con los requisitos establecidos en ese Real Decreto. Entre otros extremos, obliga a los fabricantes que sus juguetes deberán llevar un número de tipo, lote, serie o modelo u otro elemento que permita su identificación, el nombre, nombre comercial registrado o marca comercial registrada y su dirección de contacto (la dirección indicará un punto único de contacto con el fabricante) en el juguete o, si el tamaño o la naturaleza del juguete no lo permite, la información requerida figurará en el embalaje o en un documento que lo acompañe, garantizando que el juguete vaya acompañado de las instrucciones y de la información relativa a la seguridad, al menos en castellano.

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