Nuevo sistema de mediación para la resolución de reclamaciones en materia de publicidad.
Coincidiendo con el Día Europeo de la Protección de Datos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aprobado la modificación del Código de Conducta de AUTOCONTROL 'Tratamiento de datos en la actividad publicitaria', al que se han adherido empresas como Másmóvil, Orange, Telefónica o Vodafone y con el que se ha creado una nueva vía para resolver de forma más ágil las reclamaciones en materia de protección de datos y publicidad que puedan plantear las personas consumidoras.
Listado completo de empresas adheridas
Imagen: Freepik
De esta forma, las resoluciones de las reclamaciones que utilicen esta vía, serán vinculantes para las empresas adheridas voluntariamente a este Código de Conducta, en el que se establecen los mecanismos para garantizar la correcta aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
ESTE nuevo Código de Conducta se aplica, entre otros, a los tratamientos de datos con fines publicitarios o que versen sobre publicidad que realizan las entidades adheridas, como envío de comunicaciones comerciales, incluidos aquellos en los que el interesado se encuentra en una lista de exclusión publicitaria, promociones realizadas con objeto de recoger datos personales para utilizarlos con fines publicitarios, uso de cookies y tecnologías equivalentes para la realización de publicidad comportamental o elaboración de perfiles con fines publicitarios.
A partir de ahora, los ciudadanos que presenten sus reclamaciones a través del Sistema de Resolución Extrajudicial de Litigios de AUTOCONTROL se podrán beneficiar del nuevo procedimiento de mediación voluntario y gratuito con el que se pretende dar una respuesta más ágil a las reclamaciones que se planteen en materia de publicidad y protección de datos personales sobre litigios relacionados con las entidades adheridas. Para ello, las empresas adheridas deberán demostrar una responsabilidad proactiva en relación con el cumplimiento de los principios de protección de datos, entre ellos, la protección de datos desde el diseño; así como la necesidad de resolver las posibles controversias de forma ágil, efectiva y sencilla.
En este contexto, la AEPD ha advertido que la recepción de publicidad no deseada es una de las quejas más frecuentes planteadas por los consumidores y usuarios ante esta institución.