Preguntas frecuentes. Tintorerías
¿Qué es el lavado en seco?
En el lavado en seco se utilizan líquidos especiales para quitar la suciedad y las manchas de las telas. De hecho, el término "lavado en seco" es confuso; se llama lavado en seco porque los líquidos utilizados no contienen agua y no penetran las fibras como lo hace el agua. Entre las ventajas del lavado en seco está su habilidad para disolver grasas y aceites, lo que no puede hacer el agua.
El proceso de lavado en seco empieza con el tratamiento de manchas utilizando sustancias limpiadoras especiales. Las prendas se cargan en una máquina que se asemeja a una lavadora casera de gran tamaño. Durante el proceso de limpieza el líquido es filtrado o destilado para asegurar su claridad.
¿Cualquier prenda se puede lavar en seco?
No. Todo depende de los materiales de que esté hecha la prenda. Los fabricantes de ropa deben agregar una etiqueta permanente a todas las prendas, que proporcione las direcciones para su cuidado y las instrucciones de lavado. Esta etiqueta no deberá separarse de la prenda, y debe permanecer legible durante la vida útil de la misma. Si una etiqueta indica lavado en seco, todos los componentes de la prenda, incluyendo el exterior, forro, botones, entretelas y adornos, deberán permanecer inalterables durante la limpieza.
Si una prensa se deteriora, ¿qué puedo exigir por dicho deterioro?
Si en el momento de la entrega del vestido empresa y cliente fijaron un valor en concepto de indemnización por daños, deterioro o pérdida, se podrá cobrar esa cantidad. Si en el resguardo no se ha fijado ningún valor, la indemnización deberá exigirse por los medios legalmente previstos.
¿Pueden las tintorerías cobrar otro precio superior al que me indicaron?
La normativa que regula estos servicios dice que en ningún caso podrán cobrarse cantidades superiores a las que figuran en el resguardo.
¿Cómo o dónde puedo comprobar si me cobran lo estipulado?
Las tintorerías están obligadas a exhibir al público los precios de los diferentes servicios. Si no es así, se pueden pedir al empleado o presentar la correspondiente hoja de reclamaciones.
Si una prenda después de la limpieza en una tintorería presenta manchas, ¿qué puedo hacer?
Lo más importante es no sacar la prenda de la tintorería, ya que una vez que se saque la tintorería puede alegar que la prenda salió en perfecto estado. Si se detectan manchas que antes no había la tintorería debe hacer una nueva limpieza de la prenda sin que esto le cueste dinero al consumidor, es decir, sólo abonará la primera limpieza. Si, realizada la segunda limpieza, siguen las manchas, el consumidor debe solicitar a los empleados del establecimiento las hojas de reclamaciones y rellenarlas allí mismo. A continuación debe mandar la hoja correspondiente con fotocopia del comprobante de entrega o factura a la oficina municipal de consumo.
¿Es habitual cobrar por adelantado la prenda o prendas en el servicio de tintorerías?
Una tintorería sólo podrá cobrar por adelantado cuando exista conformidad expresa por parte del cliente. Si se da este caso, el servicio adquirirá carácter de urgencia y habrá de realizarse en el plazo máximo de tres días a partir de la fecha de recepción de la prenda, elevándose dicho plazo a seis días en los servicios de teñido.
¿Es correcto que no me entreguen el resguardo de la prenda?
No. Al depositar la prenda en la tintorería le tienen que dar una copia de un resguardo y la tintorería quedarse con el original. Con ese justificante, usted puede demostrar que la prenda está en poder de la tintorería para realizar un determinado servicio.
¿Qué puedo hacer si pierdo el resguardo?
Según el Reglamento que regula este servicio, para que se pueda retirar la prenda hay que presentar el resguardo, pero si se extravía, el consumidor se tiene que identificar y firmar el resguardo que se queda la tintorería.
Si tardo en retirar una prenda, ¿me pueden cobrar un suplemento en concepto de guardarropa?
Las tintorerías pueden cobrar una cantidad en concepto de guardarropas o conservación, si la prenda no se recoge antes de los tres primeros meses, siempre y cuando se haga constar su importe en un lugar visible al público. Si no han pasado los tres primeros meses, no le deben hacer ningún recargo.