Información a suministrar en la compraventa de vivienda
Toda oferta, promoción y publicidad dirigidas a la venta de viviendas tiene que ajustarse a las verdaderas características, condiciones y utilidad de la vivienda. En todo caso, deberá expresarse si se trata de una vivienda en construcción o si la edificación se ha concluido.
Las condiciones que se ofrecen al comprador por medio de la publicidad, son exigibles al vendedor, a pesar de que después no figuren en el contrato celebrado. Se trata de condiciones relacionadas con los datos de la vivienda o características de la construcción, la ubicación, servicios e instalaciones de la vivienda y condiciones de adquisición y pago de la misma. La publicidad que se entregue al usuario/a sobre las viviendas vincula, como si se tratase de un contrato, por lo que está obligada a cumplir todo lo que oferte en ella. Por lo tanto, es conveniente conservar todos los folletos y anuncios de la promoción por si se desea efectuar, a posteriori, alguna reclamación.
Quienes realicen las actividades de venta de viviendas en el marco de una actividad empresarial o profesional están obligados a proporcionar y tener a disposición del público una serie de datos y documentos. Los datos informativos se refieren a:
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Identificación completa del vendedor: nombre o razón social, domicilio y, en su caso, los datos de inscripción de la empresa constructora en el Registro Mercantil.
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Plano general del emplazamiento de la vivienda y otro detallado de la vivienda misma, en el que figure la descripción y el trazado de las redes eléctricas, de agua, gas y calefacción, las garantías de éstas y las medidas de seguridad contra incendios con que cuente el inmueble.
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La descripción de la vivienda, con expresión de la superficie útil y la descripción general del edificio en el que se encuentra, de las zonas comunes y de los servicios accesorios.
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Memoria de calidades con referencia a los materiales empleados en la construcción de la vivienda, incluidos los aislamientos térmicos y acústicos, así como los empleados en todo el edificio, zonas comunes y servicios accesorios.
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Las instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones.
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Los datos identificativos de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad o la expresión de no hallarse inscrito.
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El seguro de daños y vicios ocultos previstos en la nueva Ley de Edificación (Ley 38/1999, de 5 de Noviembre).
El precio total de la vivienda (I.V.A. incluido) y de los servicios accesorios, así como la forma de pago, y la Cuenta bancaria para que sean ingresadas las cantidades anticipadas.